martes, 6 de diciembre de 2016

JUICIO

Si la actuación deriva en juicio, no se puede iniciar una nueva partida hasta que este no se celebre y además se apliquen las correspondientes sanciones. El juicio debe realizarse después de la actuación y la pertinente valoración negativa, o ante cualquier otro incumplimiento o reclamación del actor, y como máximo en las doce horas siguientes, o por el contrario los jugadores deberán ser respectivamente sancionados.
Si hay cualquier contratiempo que impide la actuación o si después de lanzar los dados el actor ha de volver a representar un personaje que no se le dio bien, o que le resultó una experiencia incomoda, o que ya ha representado en otras ocasiones,... puede pedir juicio.
También se deberá proceder de la misma manera con cualquier otra situación con la que el actor considere que no pueda llevar a cabo con total éxito, por ejemplo cuando entran en juego otro variables como la duración, los complementos, los lugares, otros jugadores, o las maniobras que forman parte del juego avanzado.
El juez buscará la manera de recibir compensación sexual por parte del actor en el momento del juicio, de la manera que él estime oportuna. También podrá decidir las modificaciones necesarias para la próxima representación del actor, tanto en el personaje, como el lugar, los materiales, la duración, etc. Siempre que no comporte cambios que alteren completamente el sentido del personaje. Además le aplicará la sanción que él dictamine. No queda otra que aceptar la decisión del juez.
Cualquier otra pormenoriza no descrita en estas bases, debe ser resuelta a juicio entre los jugadores, actuando los dos miembros como jueces. Si hubiese desavenencia, se podría pedir criterio a otra persona o que los dados decidieran las correspondientes sanciones a aplicarse.