martes, 27 de septiembre de 2016

EL TIEMPO

Una vez lanzados los dados, es el actor quien decide cuándo será su interpretación y esta se puede realizar a continuación de lanzar los dados o dentro las 48h siguientes, sin que haya necesidad de concretar el momento en el que finalmente haría su representación, si es así que no opta por la actuación inmediata.
Entonces el actor dispondrá de las 48 horas nombradas para documentarse y/o preparar y abastecerse de cuanto necesite para su función y representarla, cosa que esta espera innegablemente va a generar expectación y deseo en la pareja.
El plazo de tiempo de preparación, también comporta que le permitamos al juez prepararse mentalmente para lo que le espera o como debería responder, porque obviamente debe ser un participante activo, y si no realiza bien el papel que le corresponde o no actúa como debería, puede ser sancionado.